Lo primero: el orden importa
El alta como autónomo se hace en dos organismos distintos y en este orden:
- Primero la Seguridad Social — alta en el RETA a través de Importass para acceder a la tarifa plana si te corresponde.
- Después Hacienda (AEAT) — alta censal mediante el Modelo 036.
Ambas altas deben tramitarse el mismo día o antes de que empieces a trabajar. Si ya explicamos el alta en la Seguridad Social en el artículo anterior, aquí nos centramos en el alta en Hacienda.
Debes presentar el Modelo 036 antes de emitir tu primera factura. Si lo haces después, Hacienda puede sancionarte por inicio de actividad sin declarar.
El Modelo 036: qué es y cómo presentarlo
El Modelo 036 es la declaración censal con la que comunicas a Hacienda que inicias una actividad económica. Es 100% online a través de la sede electrónica de la AEAT y necesitarás identificarte con Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.
Desde el 3 de febrero de 2025 el Modelo 037 está suprimido. Todas las altas se tramitan por el Modelo 036, aunque solo seas autónomo individual sin operaciones internacionales.
Qué decides al darte de alta
El Modelo 036 no es solo un formulario de datos personales — es donde tomas decisiones fiscales clave que condicionarán cómo tributas. Estas son las principales:
1. El epígrafe IAE
El epígrafe del IAE es el código que clasifica tu actividad económica. Hacienda lo usa para saber a qué te dedicas y qué obligaciones fiscales tienes. Como autónomo no pagas el Impuesto de Actividades Económicas — solo lo pagan empresas con más de un millón de euros de facturación — pero sí debes declarar tu epígrafe.
Elegir el epígrafe correcto es fundamental porque determina si estás sujeto a IVA, qué tipo de IVA aplicas y qué gastos puedes deducir. Si tienes dudas, consulta el buscador de epígrafes de la AEAT o pide ayuda a tu asesor.
2. El IVA
Si tu actividad está sujeta a IVA, actúas como intermediario entre tu cliente y Hacienda. Cobras el IVA a tu cliente y lo ingresas trimestralmente a la AEAT.
El funcionamiento es sencillo: si cobras 100€ por un servicio, añades el IVA correspondiente (generalmente el 21%) y facturas 121€. Esos 21€ son de Hacienda, no tuyos. Cada trimestre los ingresas mediante el Modelo 303.
Pero no todo es a pagar. Al IVA que cobras le puedes restar el IVA que tú has pagado en tus compras y gastos relacionados con la actividad. Solo pagas la diferencia.
El Modelo 303 se presenta cuatro veces al año: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero (el último trimestre tiene plazo ampliado).
No todas las actividades están sujetas a IVA. Las actividades médicas, educativas o financieras, entre otras, están exentas. Tu epígrafe IAE determina si aplica o no.
3. El IRPF — pago fraccionado (Modelo 130)
Como autónomo en estimación directa, si más del 70% de tus facturas van a particulares (sin retención), tienes que hacer pagos fraccionados de IRPF cada trimestre mediante el Modelo 130.
El cálculo es sencillo: tomas tus ingresos sin IVA, restas tus gastos sin IVA, y si el resultado es positivo pagas el 20% de esa diferencia.
Son pagos a cuenta, no el impuesto final. Al hacer la Renta anual se consolida todo — ingresos, gastos, deducciones — y se calcula la cuota real. Si has pagado de más en los trimestres, te devuelven; si has pagado de menos, pagas la diferencia. Es similar a las retenciones de una nómina.
Si más del 70% de tu facturación va a empresas o profesionales que te aplican retención en la factura, generalmente no estás obligado a presentar el Modelo 130. Las retenciones ya funcionan como pagos a cuenta de tu IRPF.
4. El régimen de estimación: directa o módulos
Al darte de alta debes elegir cómo calcularás tu rendimiento para el IRPF:
- Estimación directa — tributas sobre tus ingresos reales menos tus gastos reales. Es la opción más habitual y la más transparente. Dentro de esta, la mayoría de autónomos eligen la modalidad simplificada.
- Estimación objetiva (módulos) — tributas según unos parámetros fijos (empleados, metros cuadrados, consumo eléctrico...) independientemente de lo que ganes realmente. Solo está disponible para determinadas actividades y tiene sus propias ventajas e inconvenientes.
La estimación directa es la opción que recomendamos en la mayoría de casos. Los módulos los explicamos en un artículo aparte.
Resumen de los pasos
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1
Decide tu epígrafe IAE
Busca en la web de la AEAT el código que mejor describe tu actividad. Si tienes dudas, consúltanos antes de presentar.
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2
Accede a la sede electrónica de la AEAT
Necesitas Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico. Busca el Modelo 036 — Alta inicial.
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3
Rellena tus datos personales y domicilio fiscal
Si trabajas desde casa, tu domicilio habitual es también tu domicilio fiscal.
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4
Declara tu actividad y epígrafe IAE
Indica el epígrafe y la fecha de inicio de actividad. Esa fecha debe coincidir con el primer día en que emitirás facturas.
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5
Elige tu régimen de IVA e IRPF
Marca si estás en régimen general de IVA y selecciona estimación directa simplificada para el IRPF en la mayoría de casos.
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6
Presenta y guarda el justificante
Guarda el acuse de recibo y el PDF. Es el documento que acredita tu alta ante Hacienda.
Antes de presentar el Modelo 036 tómate 30 minutos para decidir bien el epígrafe IAE y el régimen fiscal. Un error aquí puede costarte meses de trámites para corregirlo. Si tienes dudas, te asesoramos en una consulta gratuita.
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