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Fiscalidad internacional

Ley Beckham 2026:
guía completa para impatriados

📅 Actualizado abril 2026 ⏱ 7 min de lectura ✍️ Fiscalify · Asesoría Fiscal

Si vienes a trabajar a España desde el extranjero, puede que tengas derecho a tributar al 24% fijo en lugar de los tipos progresivos del IRPF que pueden llegar al 54%. Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la Ley Beckham en 2026.

¿Qué es la Ley Beckham?

La Ley Beckham es el nombre popular del Régimen Especial Aplicable a los Trabajadores, Profesionales, Emprendedores e Inversores Desplazados a Territorio Español, regulado en el artículo 93 de la Ley del IRPF.

Su nombre viene del futbolista David Beckham, que fue uno de los primeros beneficiarios destacados cuando fichó por el Real Madrid. Aunque hoy en día los deportistas profesionales ya no pueden acogerse a este régimen — tienen normativa propia — el nombre ha quedado para siempre en el lenguaje fiscal cotidiano.

En la práctica, este régimen permite a determinadas personas que se trasladan a España por motivos laborales tributar como si fueran no residentes, aplicando un tipo fijo del 24% en lugar de los tipos progresivos del IRPF general.

¿Cuánto se ahorra con la Ley Beckham?

La diferencia puede ser muy significativa. En el IRPF general los tipos son progresivos y pueden alcanzar entre el 45% y el 54% según la comunidad autónoma. Con la Ley Beckham pagas un tipo fijo mucho más bajo:

Tramo de rentaLey BeckhamIRPF general (aprox.)
Hasta 600.000€24% fijoHasta 54% (según CC.AA.)
Por encima de 600.000€47%47-54%
⚠️ Ojo con los ingresos bajos

Si ganas menos de 45.000€ aproximadamente, la Ley Beckham puede no ser ventajosa. En el IRPF general tienes derecho al mínimo personal exento (~5.550€ sin tributar), deducciones por hijos, alquiler y tributación conjunta. Con la Ley Beckham pagas el 24% desde el primer euro y pierdes todas esas deducciones. Calcula bien antes de solicitar.

Requisitos para acogerse

Debes cumplir todos estos requisitos simultáneamente:

🚨 El plazo de 6 meses es fatal

Si no presentas el Modelo 149 dentro de los 6 meses siguientes a tu alta en la Seguridad Social, pierdes el derecho para siempre. No hay excepciones ni prórrogas. Es el error más costoso que cometen los impatriados.

¿Quién puede acogerse?

Desde la reforma de 2023, el régimen se ha ampliado considerablemente. Pueden solicitarlo:

Trabajadores por cuenta ajena

El perfil original y más habitual. Cualquier persona que firme un contrato laboral con una empresa española o que sea desplazada por su empresa extranjera para trabajar en España.

Nómadas digitales

Uno de los grandes cambios de 2023. Los trabajadores remotos que teletrabajan desde España para empresas extranjeras pueden acogerse al régimen, siempre que cuenten con el visado de teletrabajo de carácter internacional. Importante: el visado y la Ley Beckham son dos trámites distintos — uno te da derecho a residir, el otro a tributar al 24%. Son solicitudes ante administraciones diferentes.

Administradores de sociedades

Los administradores nombrados en una sociedad pueden acogerse, salvo que tengan una participación superior al 25% en sociedades de carácter patrimonial.

Emprendedores con actividad innovadora

Quienes creen una empresa con actividades innovadoras, con informe favorable de ENISA o con autorización de residencia para emprendedores.

Profesionales altamente cualificados

Profesionales vinculados a empresas emergentes, proyectos de I+D+i o con al menos el 40% de sus ingresos derivados de actividades altamente cualificadas.

Familiares

El cónyuge e hijos menores de 25 años también pueden beneficiarse del régimen si se cumplen las condiciones.

Lo que NO cubre la Ley Beckham

Ventajas adicionales del régimen

Cómo solicitarlo: el Modelo 149

El trámite para acogerse a la Ley Beckham se hace mediante el Modelo 149, que se presenta ante la AEAT de forma telemática. El proceso es:

  1. Prepara la documentación — contrato de trabajo o resolución de visado, certificado de alta en la Seguridad Social, prueba de fecha de entrada en España y acreditación de no residencia previa.
  2. Sube la documentación a la sede electrónica de la AEAT a través del trámite específico "Aportar documentación para optar por el régimen especial". Guarda el número de registro.
  3. Presenta el Modelo 149 indicando el número de registro del envío documental anterior.
  4. Espera la resolución — puede tardar desde unas semanas hasta varios meses.
ℹ️ Modelo 149 vs Modelo 151

Son dos modelos distintos para cosas distintas. El Modelo 149 es la solicitud de entrada al régimen — se presenta una sola vez. El Modelo 151 es la declaración anual del IRPF que presentarás cada año mientras estés en el régimen, en los mismos plazos que la Renta normal (abril a junio).

¿Cuánto dura el régimen?

El régimen se aplica durante el año en que te trasladas a España y los 5 ejercicios siguientes — un total máximo de 6 años. Una vez finalizado, tributan como cualquier residente bajo el régimen general del IRPF.

Si renuncias voluntariamente, debes comunicarlo a la AEAT mediante el Modelo 149 en noviembre o diciembre del año anterior al que quieres que surta efecto. Una vez renunciado, no puedes volver a solicitarlo.

✅ Consejo de Fiscalify

Antes de solicitar la Ley Beckham haz los números. Para ingresos superiores a 60.000-80.000€ el ahorro suele ser muy relevante. Para ingresos menores, compara con el IRPF general incluyendo todas tus deducciones personales. Si tienes dudas, te hacemos el análisis en una consulta gratuita.

¿Puedes acogerte a la Ley Beckham?

Analizamos tu caso, hacemos los cálculos comparativos y gestionamos todo el trámite del Modelo 149 por ti. Sin errores, dentro de plazo.

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